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Debido a la complejidad de las circunstancias de la vida en la era del califato islámico, apareció la función de “investigar los agravios” al lado de la función del juez. Así, siguió evolucionándose hasta que se volvió un cargo judicial importante, el cual consistía
Debido a la complejidad de las circunstancias de la vida en la era del califato islámico, apareció la función de “investigar los agravios” al lado de la función del juez. Así, siguió evolucionándose hasta que se volvió un cargo judicial importante, el cual consistía en impedir la injusticia entre los ciudadanos. Y como que el juez no podía supervisar dicha función por estar ocupado con la judicatura, por lo tanto el mismo califa o su representante de entre la gente de gran autoridad en el Estado eran los que supervisaban dicho cargo[1].
Ibn Jaldûn mencionó la importancia de esta función diciendo: “Esta función era una mezcla entre el poder de la autoridad y la justicia del poder judicial, que necesitaba un gran dominio y estrictez para impedir a los malhechores y reprender al agresor entre los litigantes. También ejecutaba lo que los jueces u otros eran incapaces de ejecutar. Y eso era en cuanto a investigar las evidencias y los informes, aprobar las pruebas indirectas y circunstanciales, retrasar el juicio hasta que aparezca la verdad, incitar a los litigantes a la reconciliación y tomar el juramento de los testigos. Entonces, el campo de esta función era más amplio que el campo al cual se dedicaba el juez”[2].
Al Mâuardi dijo: “Investigar las denuncias es dirigir a los litigantes a una solución justa a través de la estrictez y desalentar a los disputados para no negar el derecho mediante la intimidación. Por lo tanto, de las condiciones exigidas en la persona que asumía este cargo, estaba la alta posición, gran autoridad, mucha estimación, obvia castidad, poca ambición y gran piedad (religiosa); ya que durante su investigación necesita la influencia de los líderes y la prudencia de los jueces, o sea, necesitaba combinar entre las cualidades de ambos grupos, aparte de tener influencia a través de su alta posición ejerciendo dicha combinación”[3]. Encima, la función de quien investigaba los agravios era amplia, de modo que incluía: “Investigar los casos de la opresión de los gobernadores hacia la ciudadanía y su mal trato a ellos, la deshonestidad de los recaudadores del dinero [Estatal] y supervisar a los escritores de los divanes, por lo que investigaba el cumplimiento de sus tareas, escuchaba las quejas de los trabajadores debido a la insuficiencia de sus salarios o la demora en entregárselos o hacerles caso omiso en cuanto a mejorárselos. También, incluía devolver [las dotaciones] usurpadas, destinándolas a su uso correspondiente, aplicando las condiciones de su dotador si se enteraba de las mismas, y llevar a cabo las sentencias de los jueces en caso de su incapacidad de ejecutarlos, debido a la autoridad, el poder o la alta posición del sentenciado[4].
De allí, nos queda claro que la función de la investigación de los agravios era más poderosa, de ejecución más rápida y de campo más amplio. De modo que su función equivale al Tribunal Superior y al Consejo de Estado hoy en día. También nos muestra la importancia de dicha función, la autoridad que poseía de quien la encarga, su poder y la precisión del poder judicial, el cual no era menos preciso que el sistema actual, a pesar de que haya prevalecido desde hace más de diez siglos[5].
También, hay que llamar la atención aquí a que la investigación de los agravios se parece en gran parte a lo que hoy en día llamamos “la justicia administrativa” mientras que en Egipto se llama “el Consejo de Estado”. Es digno de notar que el Consejo de Estado no fue conocido en Europa, sobre todo en Francia -el Estado de las leyes y las constituciones- sino tras la revolución francesa; o sea, a los fines del siglo XVIII en la constitución del año 1799 d.C., y eso de forma primitiva. Sin embargo, respecto a la ley que fue redactada con su forma actual, fue emitida en el año 1872 d.C., la cual fue llamada anteriormente en la era de la monarquía francesa como “el Consejo del Rey”. La misión de este consejo era consultiva por un lado y judicial-administrativa por otro. Aunque los escritores de la historia de los derechos franceses confirman que su verdadera misión era honoraria, y que jamás la administración judicial fue practicada. Pues, si sabemos que el califa omeya ‘Abdul Malik Ibn Marauân (Falleció en el año 86 de la Hégira) ejecutaba él mismo la investigación de los agravios, tendremos certeza de que la civilización islámica fue dirigida a este tipo de justicia administrativa desde hace más de 13 siglos, lo cual no fue conocida por los franceses ni practicada en la realidad sino en los últimos tiempos[6].
Sin duda, el primero en aplicar el sistema de la investigación de los agravios, fue el Profeta (sal-lal-lahu ´alaihi wa sal-lam), pero no era de su forma seguida por el califato omeya después. Y eso era natural; ya que en la era del Profeta (sal-lal-lahu ´alaihi wa sal-lam), la condición no implicaba la existencia de un diván (independiente) para investigar los agravios, pues los casos eran muy pocos. Como pasó entre el Profeta (sal-lal-lahu ´alaihi wa sal-lam) e Ibn Al Utbiah Al Azdi. Abu Humaid As-Sâ‘di narró que el Profeta (sal-lal-lahu ´alaihi wa sal-lam) le encargó recaudar el azaque de la tribu de Banu Sulaim. Y cuando regresó con el dinero, le pidió cuentas y dijo: “Esto corresponde a vosotros, mientras que aquello corresponde a mí”. Por lo tanto, el Profeta (sal-lal-lahu ´alaihi wa sal-lam) dijo: “¿No sería mejor que te quedes con tu padre y tu madre y esperes ver si un regalo se te ofrece o no?”. Después, nos dio un sermón alabando y elogiando a Al-lâh (Glorificado Sea), y dijo: “Yo encargué a un hombre de vosotros para una tarea con la autoridad que Al-lâh me Ha confiado. Y viene a mí diciendo: ‘Estos son vuestros bienes y esto es un regalo que me hicieron’. ¿Por qué no se quedó sentado en la casa de su padre y su madre hasta que le llevaran el regalo, si dice la verdad? ¡Por Al-lâh! Si alguno de vosotros toma algo (de los fondos públicos) sin justificación se encontrará con Al-lâh en el Día del Juicio cargándolo encima de él. Yo reconoceré a aquel de vosotros que se haya encontrado con Al-lâh cargando un camello gruñendo o una vaca mugiendo o una cabra balando”[7].
El sucesor del Profeta (sal-lal-lahu ´alaihi wa sal-lam), Abu Bakr (que Al-lâh Esté complacido con él), declaró su voluntad para ejecutar la investigación de los agravios; a fin de impedir la injusticia y establecer la justicia y la verdad [entre la ciudadanía]. Eso fue declarado en su primer sermón, puesto que dijo: “¡Oh gente! He sido encargado de (gestionar) sus asuntos a pesar de que no soy el mejor entre vosotros. Así que si me comporto bien, apoyadme; y si me comporto mal, corregidme. La sinceridad es un deber [que debe ser cumplido], mientras que la mentira es una traición. Sin embargo, el débil entre vosotros es fuerte ante mí hasta que le recupere su derecho con el favor de Al-lâh (Glorificado Sea), mientras que el fuerte entre vosotros es débil ante mí hasta que le saque el derecho [ajeno]...”[8].
Después, la jurisdicción de agravios comenzó a formarse gradualmente desde la era de Omar ibn Al Jattâb (que Al-lâh Esté complacido con él), ya que reunía a sus virreyes y príncipes cada año en la temporada del Hayy (Peregrinación mayor); donde escuchaba las quejas de la gente y sacaba el derecho de aquellos malhechores entre los virreyes y príncipes. Más bien, Omar (que Al-lâh Esté complacido con él) afirmó un principio importante en cuanto a pedir cuentas a los virreyes y funcionarios. Este principio es lo que hoy en día llamamos “El abuso de poder”. Sin embargo, [dicho principio] apareció obviamente con el gobernador de Egipto ‘Amr ibn Al Âs (que Al-lâh Esté complacido con él); ya que Anas ibn Mâlik (que Al-lâh Esté complacido con él) narró que un egipcio se fue a Omar ibn Al Jattâb (que Al-lâh Esté complacido con él) y dijo: “¡Oh emir de los creyentes! Me refugio en ti de la injusticia”. Respondió: “Ya lo tienes [el refugio]”. Dijo [el egipcio]: “Tuve una competencia con el hijo de ‘Amr ibn Al ‘Âs (que Al-lâh Esté complacido con él) y gané. Por lo tanto, él me pegó con el azote diciendo: “Soy el hijo de los honorables”. Acto seguido, Omar escribió a ‘Amr ordenándole venir en compañía de su hijo. Y cuando llegaron, Omar ibn Al Jattâb (que Al-lâh Esté complacido con él) preguntó: “¿Dónde está el egipcio? Toma el azote y pega [lo]”. Por tanto, lo pegó con el azote mientras Omar ibn Al Jattâb (que Al-lâh Esté complacido con él) decía: “Pega al hijo de los honorables”. Anas (que Al-lâh Esté complacido con él) dijo: “Así lo pegó y a nosotros nos gustaba esto, y no lo dejó hasta que esperamos que lo dejara. Después, Omar (que Al-lâh Esté complacido con él) dijo al egipcio: “Ahora pega el calvicie de ‘Amr”. Así que dijo [el egipcio]: “¡Oh emir de los creyentes! Su hijo fue quien me pegó, y ya recuperé [mi derecho, aplicando el talión]. Por lo tanto, Omar (que Al-lâh Esté complacido con él) dijo a ‘Amr: “¡¿Desde cuándo hacéis la gente esclavos mientras sus madres les dieron a luz siendo libres?!”. Respondió: “¡Oh emir de los creyentes! No lo sabía, tampoco él vino a mí [para reclamar]”[9].
Quizá nos toque la aflicción y el cansancio si deseamos encontrar otra historia igual o una situación parecida en la historia de las otras naciones. Ya que se recuperó el derecho del hijo ante su padre; quien no era un hijo normal, sino que el hijo del príncipe de Egipto. No obstante, esto no es de extrañar; ya que toda la gente ante el Islam y su civilización es igual.
En la era del califato omeya, encontramos que ‘Abdul Malik ibn Marauân era la persona más famosa que asumió este cargo. Es digno de clarificar que la investigación de los agravios exige a quien la asume conocer (perfectamente) los reglamentos de la Sharî‘ah (Ley islámica) y la capacidad de realizar Iytihâd (Razonamiento personal) en caso de no encontrar los juicios en los textos del Corán o de la Sunna; lo cual significa que este cargo necesita a un alfaquí y ‘Âlim [erudito]. Por eso, los califas en la civilización islámica quienes asumían este cargo, poseían un conocimiento firme sobre las cuestiones de Fiqh (Jurisprudencia islámica) y sus ramas. Además, el califa omeya ‘Abdul Malik ibn Marauân fue de los primeros califas omeyas quienes asumieron el cargo de la investigación de los agravios. Teniendo en cuenta que no había califas que ejercían esta función sin tener conocimiento religioso [sólido], tampoco aplicaban el castigo sin [plena comprensión] de los casos, que le conducía a dictar el juicio.
El cargo de la investigación de los agravios se amplificó en la era de Omar ibn ‘Abdul ‘Azîz. Ya que ‘Adi ibn Artâh (Falleció en el año 102 de la Hégira) el virrey de Basora usurpó el terreno de un hombre. Por lo tanto, el hombre decidió dirigirse al califa mismo en Damasco según lo que Ibn ‘Abdul Hakam narró, pues dijo: “Un día, Omar salió de su casa; luego, un hombre vino sobre una montura, se paró y preguntó por Omar, por lo tanto se le dijo: “Omar salió y ahora vuelve”. Luego Omar vino, así que el hombre se levantó y se quejó a él de ‘Adi ibn Artâh. Entonces Omar dijo: “Por Al-lâh (Glorificado Sea) que nos sedujo con su turbante negro. Yo le escribí mis consejos, pero se desvió. Pues, le escribí: ‘Si alguien viene a ti con una evidencia sobre un derecho suyo, entrégaselo’”. Y a pesar de eso, te hizo sufrir viniendo hasta aquí”. Por lo tanto, Omar ordenó devolverle su terreno usurpado. Después, le preguntó: “¿Cuánto gastaste para venir hasta aquí?”. Respondió el hombre: “¡Oh emir de los creyentes! Me preguntas sobre mis gastos mientras me devolviste mi terreno, el cual es mejor para mí que 100.000 (dírhams)”. Por lo tanto Omar dijo: “Ya te devolví tu derecho, pero dime ¿cuánto gastaste? Respondió: “No sé”. Dijo Omar entonces: “Estímalo”. Respondió: “60 dírhams”. Por lo tanto, ordenó devolvérselos del tesoro público del Estado[10].
Quien reflexione en esta situación, se asombrará del hecho del emir de los creyentes; pues, él era el líder del mayor Estado que tenía su entidad cultural, militar y civil. Y a pesar de toda esta gloria, no dudó en recuperar el derecho del virrey de Basora y devolverlo a su propietario. Y encima, recuperó los gastos [del viaje] del litigante del tesoro público del Estado, independientemente de ser pocos o muchos. Y esto se considera de los aspectos más grandiosos del desarrollo de la civilización islámica y su solidaridad hacia sus miembros.
En la era abasí, el cargo de la investigación de los agravios se evolucionó tomando una forma muy madura a mediados del siglo V de la Hégira; de modo que esta función llegó a tener su propia junta, que equivale a un ministerio hoy en día. Al Mâuardi nos dejó una imagen maravillosa sobre los funcionarios de esta junta, quienes son:
1-Los protectores y los ayudantes; para atraer a los fuertes y corregir (disciplinar) a los audaces. Los protectores son los grandes comandantes, mientras que los ayudantes son la policía judicial.
2-Los jueces y árbitros; para examinar los derechos demostrados ante ellos. Así, compensaron la insuficiencia que podía tocar al jefe de la Junta de Agravios en cuanto a su conocimiento de la jurisdicción y las normas jurídicas.
3-Los alfaquíes; para consultarlos en los casos controvertidos y sospechosos. Por lo tanto, compensaron la posible falta de conocimiento.
4-Los escritores; para registrar lo que pasó entre los litigantes, sus deberes y sus derechos.
5-Los testigos; para dar testimonio sobre las sentencias dictadas. Y estos se asemejan [hoy en día] a la fiscalía pública[11].
Los califas y los príncipes abasíes asumieron el cargo de la investigación de los agravios. Y de los ejemplos más asombrosos que fueron mencionados sobre esta función, que un hombre se fue a Abu Ya‘far Al Mansûr -quien era el jefe de la Junta de Agravios en la ciudad de Armenia durante el califato de su hermano Abu Al ‘Abbâs As-Saffâh- y dijo: “Quiero realizar una denuncia, y te pido escuchar un ejemplo que te quiero dar antes de presentar mi denuncia”. Dijo el otro: “Dime”. Así que dijo: “Temo a Al-lâh (Glorificado Sea), el Todopoderoso. Creó a la gente pasando por varias etapas. Ya que cuando el niño nace, no conoce sino a su madre ni busca sino a ella. De modo que si algo le asusta, se refugia en ella. Luego, sube un grado y conoce que su padre es más fuerte que su madre. Por lo tanto, si algo le asusta, se refugia en su padre. Después, alcanza la pubertad y la madurez; de modo que si algo le asusta o alguien le oprime, se refugia en su gobernador pidiendo su apoyo. Sin embargo, si su mismo gobernador [al cual se refugió] le oprime, se refugia en su Señor pidiéndole el auxilio. De hecho, yo mismo pasé por estas etapas, y fui oprimido por Ibn Nahîk[12]; quien se apoderó de un terreno mío durante su gobierno. Así que o bien me auxilias y recuperas mi derecho o bien pediré el auxilio de Al-lâh (Glorificado Sea) y me refugiaré en Él. Examine bien el asunto, oh príncipe, o déjalo”. Por lo tanto, Abu Ya‘far se sintió muy humilde y pequeño, y dijo: “Repite tus palabras”. El hombre repitió sus palabras. Entonces, Abu Ya‘far dijo: “Lo primero que voy a hacer es despedir a Ibn Nahîk”. Y, luego, ordenó devolverle la tierra [al demandante]”[13].
Asimismo, los ciudadanos tenían el derecho de quejarse y pedir justicia al califa mismo. Hay una historia que nos habla sobre uno de los mayores juzgados que jamás hemos visto en la historia de la civilización islámica; pues, un hombre llamado Ibn Masûr Musâuir contó: “El representante de (el califa) Al Mahdi me oprimió y usurpó mi tierra. Así que fui a Salâm, el investigador de las denuncias, y le presenté una queja por escrito, por lo que él pasó el papel a Al Mahdi, mientras estaba en compañía de su tío paterno Al ‘Abbâs ibn Muhammad y ‘Âfiah, el juez. Al Mahdi me dijo: “Acércate”. Y al acercarme a él, me preguntó: “¿Qué pasó?”. Le contesté: “Usted me hizo una injusticia”. Al Mahdi dijo entonces: “¿Estás de acuerdo en elegir a un juez [entre tú y yo] de entre estas dos personas (refiere a Al ‘Abbâs y ‘Âfiah)?”. Contestó: “Sí.” Luego, me acerqué más a él y me pidió hablar. Le dije al juez: “Él (Al Mahdi) usurpó mi tierra y me oprimió”. Así que el juez le preguntó a Al Mahdi: “¿Qué me dices sobre esto, ¡oh emir de los creyentes!?” Al Mahdi dijo: “Es mi terreno y está bajo mi poder”. Le pedí entonces al juez que preguntara a Al Mahdi si se había apoderado del terreno antes o después de asumir el califato. Efectivamente, el juez se lo preguntó, a lo que Al Mahdi contestó: “Me apoderé de ello después de convertirme en califa”. Entonces, el juez le ordenó devolvérselo. Al Mahdi dijo: “Hecho”. Al ‘Abbâs Ibn Muhammad dijo: “¡Por Al-lâh, ¡oh emir de los creyentes!, esta sesión es más amada para mí que veinte millones de dírhams!”[14].
La civilización islámica se preocupa por todos los individuos. Pues, el sistema judicial islámico no hizo ninguna diferencia entre los ciudadanos en la base a la religión, el género o la condición social, como fue el caso de los romanos y los persas, o incluso con los propios árabes antes del Islam. Además, el hecho de que el califa musulmán se sometió a la decisión del poder judicial, aplicando dicha decisión a favor de un musulmán común –que posiblemente no tenía una alta posición, ni pertenecía a una tribu que lo respaldaba, ni poseía dinero que lo apoyaba– demuestra el avance de la civilización islámica y hace hincapié en que esta civilización respeta a sus ciudadanos, y apoya a los débiles y oprimidos entre ellos.
Por otra parte, algunos califas priorizaban la investigación de las denuncias a visitar a su propia madre enferma. Ya que fue contado que el califa Al Hâdi (Falleció en el año 170 de la Hégira) “fue un día a visitar a su madre enferma llamada Al Jaizarân; sin embargo, fue interrumpido por Omar ibn Bazî‘[15] quien le dijo: “¡Oh emir de los creyentes! ¿Quieres que te indique algo que te dará más recompensa de lo que ibas a hacer [o sea, visitar a su madre enferma]?”. Respondió: “¿Y que es, Omar?”. Contestó: “Las denuncias, las cuales no revisaste hace tres [días].” Por lo tanto, señaló al convoy para dirigirse a la Junta de Agravios. Después, envió a uno de sus sirvientes a [su madre] Al Jaizarân pidiendo disculpas por su ausencia, y dijo: “Dile que Omar ibn Bazî‘ me informó sobre un derecho de Al-lâh (Glorificado Sea) más debido que el suyo. Por lo tanto, me fui para cumplirlo. Y mañana, si Al-lâh (Glorificado Sea) quiere, volveré a ella”[16].
También, el califa abasí Al Ma’mûn dedicaba el día domingo de cada semana para revisar las denuncias. Y un día, vino una mujer vestida con ropa andrajosa reclamando a través de recitar unos versos de poesía, por lo que Al Ma’mûn guardó silencio un rato, y después le respondió recitando otros versos de poesía concretando una cita para investigar su denuncia.
Entonces, la mujer se fue y volvió el día domingo temprano entre los primeros asistentes. Así que Al Ma’mûn le preguntó: “¿Quién es tu litigante?” Contestó: “Quien está cerca de tu cabeza (Su hijo)”. Al Ma’mûn dijo a su juez Yahiâ ibn Akzam: “Hazles reunirse y averigua el caso”. Por lo tanto, les hizo reunirse y averiguó el caso en presencia de Al Ma’mûn. Luego, su voz [de la mujer] comenzó a subir, así que un asistente de la Corte la reprendió. Por lo tanto, Al Ma’mûn le dijo: “Déjala, ya que la razón la hizo hablar mientras que la falsedad le hizo callarse [es decir, a su hijo]”. Luego, [el juez] ordenó devolver sus bienes a ella. Así que Al Ma’mûn averiguó el caso en su presencia, pero no lo examinó él mismo por lo que implica la política desde dos aspectos; el primero: es que podía juzgar a favor de su hijo o en su contra, teniendo en cuenta que no le está permitido juzgar a favor de él mientras que le está permitido juzgar en su contra. Y el segundo: es que el demandante era una mujer, y Al Ma’mûn fue muy por encima de discutir con ella. Y finalmente, Al Ma’mûn ejecutó la sentencia y aplicó la razón”[17].
En forma de educación de parte de los califas hacia los trabajadores opresores, “Al Mansûr cuando despedía a un trabajador, le sacaba su dinero y lo depositaba con su nombre (de su propietario) en una tesorería independiente llamada la Tesorería de Agravios”[18], pero estas confiscaciones se realizaban solo durante un cierto tiempo; ya que su objetivo era educar e intimidar a aquellos virreyes. Por eso, Al Mansûr dijo a su hijo Al Mahdi: “Preparé algo para ti, pues si yo muero, llama a cada quien expropié su dinero y devuélveselo. Ya que este hecho, te hará tener popularidad entre ellos tanto como el público. Así que Al Mahdi lo hizo”[19].
La jurisdicción de agravios fue conocida en una época muy temprana del Estado Omeya en Al-Ándalus con el nombre de “el plan de las denuncias”, pero sus funciones se hicieron evidentes a partir del siglo IV de la Hégira en la época del califato.
Sin embargo, el plan de las denuncias evolucionó en Marruecos y Al-Ándalus de un modo diferente a sus similares en el oriente omeya y abasí; ya que dicha función tenía un rango inferior al rango de “el juez del grupo”, o lo que se llamaba en el oriente “El juez supremo”. Tomando en consideración que dicha función no asumía sino pocos de entre los príncipes y califas en Al-Ándalus y Marruecos, por lo que quienes se encargaban de esta misión eran alfaquíes y ‘Ulamâ’ (Pl. de ‘Âlim, erudito) de conocimiento [religioso] sólido. Y uno de los más famosos que asumieron la jefatura de la investigación de las denuncias en Ifriqiah, fue Muhammad ibn ‘Abdul-lâh (Falleció en el año 398 de la Hégira), sobre quien Ibn ‘Adhâra dijo: “Sentenciaba a los sospechosos y corruptos a muerte, a golpes y a corte de manos y pies sin tenerles piedad ni temer ningún reproche”.[20]
Algunos de los que asumieron la jefatura del plan de las denuncias en Al-Ándalus alcanzaron una alta posición entre el público tanto como la gente de autoridad. Además, algunos de ellos asumieron cargos administrativos supremos en el Estado. Por ejemplo, Abu Al Mutrif ‘Abdur-Rahmân ibn Muhammad ibn ‘Isâ ibn Fatîs asumió la jefatura del plan de las denuncias en la era del califa Al Mansûr Muhammad ibn Abi ‘Amir; quien dictaba sentencias duras, era influyente y temido por los delincuentes. Fue asesor de los visires hasta que asumió el poder judicial en Córdoba. Por lo tanto, combinó entre el ministerio y la dirección de las oraciones, algo que ningún otro juez logró en Al-Ándalus antes de él”.
Muchos de los virreyes musulmanes cuidaron la investigación de las denuncias como hacían los califas. Pues, por ejemplo, Kafûr Al Ijshîdi concretó el día sábado de cada semana para investigar las denuncias, y siguió así hasta que falleció[21]. Así mismo era la condición de los príncipes selyúcidas; ya que el príncipe Tugrulbak dedicó dos días de cada semana para investigar las denuncias, tal como hacían sus reyes de costumbre[22]. También el rey Al ‘Azîz en el Estado ayyubí, concretaba los días lunes y jueves de cada semana para investigar las denuncias[23]. Así también era la condición en el Estado Saadí en Marruecos (961-1069 de la Hégira); ya que su sultán Ahmad Al Mansûr (Falleció en el año 1011 de la Hégira) fundó un consejo para la investigación de las denuncias llamado “Ad-Dîuân (el Diván)”, el cual se celebraba cada miércoles para la consulta sobre los asuntos graves. Aparte de que cada quien no podía escalar su caso al sultán, presentaba su denuncia en dicho diván (consejo)[24].
Los mamelucos dedicaron mucha importancia a la investigación de las denuncias, nombrando a los mejores jueces y alfaquíes [para dicho cargo]. No obstante, eso no les impidió investigar algunas denuncias por sí mismos. Ya que Al Maqrîzi mencionó en los incidentes del año (661 de la Hégira) que dos hombres de los habitantes de Alejandría se fueron al sultán de Egipto, Ruknud-Dîn Baibars Al Bindiqdâri (Falleció en el año 676 de la Hégira); uno llamado Ibn Al Bûri y otro llamado Al Mukrim ibn Az-Zaiât, portando papeles para recuperar algún dinero perdido. El día martes, el sultán convocó al jefe militar, al primer visir, a los jueces y a los alfaquíes. Luego, pidió la lectura de los documentos, y de hecho se realizó. Así que el sultán llevó a cabo todas las demandas mencionadas en los documentos al oírlas, reprendiendo a las personas de las autoridades mencionadas. Y después de terminar la lectura, dijo: “Tengan en cuenta que doté 600.000 dinares por la causa de Al-lâh, y Al-lâh (Glorificado Sea) me Ha Premiado más que eso. Por lo tanto, el que dota algo por Al-lâh (Glorificado Sea), Él le Recompensará de lo lícito más que eso.”[25].
En esta situación, encontramos que el sultán pidió cuentas a la mayoría de los cuerpos del Estado, que son: el ministro militar, el primer ministro, el poder judicial tanto como los alfaquíes por su negligencia en cuidar el dinero de los ciudadanos, haciéndoles recordar que él dotó miles de dinares que vio que no eran suyos, incitándolos a guardar el dinero. Encima, el sultán despidió a uno de los dos hombres que se fueron a él con estos papeles, y ordenó difamarlo y escandalizarlo en El Cairo; por no haberle avisado sobre este incidente a tiempo.
Muchos de los sultanes mamelucos se iban a las plazas públicas para llevar a cabo las denuncias de los ciudadanos; entre ellos, destaca Saifud-Dîn Barqûq (Falleció en el año 801 de la Hégira). Ya que Al Maqrîzi mencionó sobre los incidentes del año (792 de la Hégira) “que Barqûq se sentó en una plaza cerca de la ciudadela para investigar las denuncias de la ciudadanía y juzgar entre la gente como era su costumbre. Por lo tanto, la gente se apresuró a ir a él y presentarle sus denuncias. Acto seguido, la gente de autoridad se asustó y se quedó atenta por miedo de que recibiera quejas”[26].
La investigación de las denuncias por parte de los califas y príncipes a lo largo de la historia de la civilización islámica, confirma que toda la gente está sometida a la ley y al juzgamiento si se equivoca. De modo que no hay diferencia ni privilegios entre la clase de los gobernadores y príncipes y el resto de la gente; ya que sentenciar a los príncipes, comandantes militares, virreyes, visires y grandes hombres de Estado, incluso el Califa mismo, confirma la honestidad y la dignidad de la civilización islámica. No obstante, las civilizaciones tal como la persa y bizantina o hasta en las épocas modernas como la Corte Internacional de Justicia no actúan igual ni parecido a la Junta de Agravios de nuestra civilización islámica eterna; la cual castigaba al opresor sin favoritismo ni doble estándar (doble moral) como sucede hoy en día.
Finalmente, no podremos mencionar todos los privilegios del poder judicial en la civilización islámica en pocos párrafos o en varias hojas. Ya que sin duda esto se considerará una equivocación y omisión de la verdad. Sin embargo, estas situaciones maravillosas que hemos mencionado, no son sino una prueba sobre la abundancia de posturas y teorías de aquel establecimiento antiguo, el cual estableció las bases generales y los métodos rectos para las instituciones constitucionales y jurídicas en el mundo contemporáneo a fin de tratar con este asunto importante.
[2] Ibn Jaldûn, Al ‘Ibar Ua Diuân Al Mubtada’ Ua Al Jabar 1/222.
[3] Al Mâuardi, Al Ahkâm As-Sultâniah, pág. 64.
[4] Ibídem, pág. 69-70.
[5] Abu Zaid Shalabi, Târîj Al Hadârah Al Islâmiah Ua Al Fikr Al Islâmi, pág. 128.
[6]Mustafa Al Bârûdi, Al Uayîz Fi Al Huqûq Al Idâriah, pág. 57, 58 y Dhâfir Al Qâsimi, Nidhâm Al Hukm Fi Ash-Sharî‘ah Ua At-Târîj 2/555.
[7] [Al Bujâri (6753)][Muslim (1832)].
[8]Ibn Hishâm, As-Sîrah An-Nabauiah (La biografía profética) 6/82.
[9]Al Muttaqi Al Hindi, Kanz Al ‘Ummâl (El tesoro de los funcionarios) 12/660 e Ibn Al Yauzi, Manâqib ‘Umar (Las virtudes de Omar), pág. 99.
[10] Ibn ‘Abdul Hakam, Sîrat ‘Umar ibn ‘Abdul ‘Azîz (La biografía de Omar ibn ‘Abdul ‘Azîz), pág. 146, 147.
[11]Al Mâuardi, Al Ahkâm As-Sultâniah, pág. 136. Véase: Dhâfir Al Qâsimî, Nidhâm Al Hukm Fi Ash-Sharî‘ah Ua At-Târîj Al Islâmi 2/566.
[12]Ibn Nahîk: es ‘Uzmân ibn Nahîk, el jefe de las guardias de Abu Ya‘far Al Mansûr.
[13]Ibn ‘Asâkir, Târîj Madînat Dimashq (Historia de la ciudad de Damasco) 32/392.
[14]At-Tabari, Târîj Al Umam Ua Al Mulûk (Historia de las naciones y los reyes) 4/586.
[15]Es Omar ibn Bazî‘ Al Kâtib: asumió el cargo de visir para el califa Al Hâdi después de Ar-Rabî‘ ibn Yûnus. Pues cuando Ar-Rabî‘ falleció, le siguió en el visirato hasta que Al Hâdi falleció. Véase: Ibn An-Nayyâr Al Bagdâdi, Dhail Târîj Bagdâd 5/31.
[16]At-Tabari, Târîj Al Umam Ua Al Mulûk 4/610.
[17]Al Mâuardi, Al Ahkâm As-Sultâniah, pág. 146, 147.
[18]Ibn Al Azîr, Al Kâmil Fi At-Târîj 5/224.
[19]Ibídem.
[20]Ibn ‘Adhârâ, Al Baiân Al Mugrib, pág. 112.
[21]Ibn Jaldûn, Al ‘Ibar Ua Diuân Al Mubtada’ Ua Al Jabar 4/315.
[22] Ibídem 4/382.
[23]Al Maqrîzi, As-Sulûk (La conducta) 1/247.
[24]An-Nâsiri, Al Istiqsa Li Ajbâr Al Magrib Al Aqsa 5/188.
[25] Al Maqrîzi, As-Sulûk 1/560.
[26]Ibídem 5/286.
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